MUNICIPIO

LA MUNICIPALIDAD DE VICTORIA LANZÓ LA MORATORIA 2026 CON QUITAS DE HASTA EL 100% EN MULTAS E INTERESES

El Municipio oficializó el Decreto 650/26, un régimen extraordinario de regularización fiscal que estará vigente desde el 1 de septiembre hasta el 30 de noviembre. La medida abarca tributos devengados al 31 de julio de este año y contempla importantes beneficios según la fecha de adhesión y la modalidad de pago.

La Municipalidad de Victoria puso en marcha la Moratoria 2026, una medida dispuesta mediante el Decreto 650/26 que contempla la condonación de intereses y multas sobre los tributos municipales devengados y adeudados al 31 de julio de 2026. El régimen también incluye a aquellos contribuyentes que mantengan planes de pago anteriores, siempre que se encuentren al día con el cumplimiento de sus cuotas.

Etapa 1: Del 1 al 30 de septiembre

Durante el primer mes de vigencia del programa se aplicarán los mayores porcentajes de quita:

  • Pago de contado: 100% de condonación en multas e intereses.
  • Hasta 6 cuotas: 80% de descuento en multas e intereses, con un interés por financiación del 2,5% mensual.
  • Hasta 12 cuotas: 60% de descuento en multas e intereses, con un interés por financiación del 2,5% mensual.

Etapa 2: Del 1 de octubre al 30 de noviembre

Para quienes se adhieran en la segunda fase de la medida, el esquema de beneficios será el siguiente:

  • Pago de contado: 80% de condonación en multas e intereses.
  • Hasta 6 cuotas: 60% de descuento en multas e intereses, con un interés por financiación del 2,5% mensual.
  • Hasta 12 cuotas: 40% de descuento en multas e intereses, con un interés por financiación del 2,5% mensual.

Requisitos y excepciones del régimen

Para acceder a los beneficios de la moratoria, los contribuyentes deberán registrar pagos al día en los períodos u obligaciones corrientes cuyos vencimientos operen con posteridad al 31 de julio de 2026. Además, los conceptos a condonar no deben haber sido ingresados previamente ni contar con ejecución judicial iniciada.

Quedan expresamente excluidas de este beneficio las deudas originadas por multas de tránsito o provenientes del Juzgado de Faltas, los ingresos no tributarios como cánones y concesiones, y aquellas deudas que ya cuenten con juicio iniciado.

Canales de atención e informes

Los interesados en adherir o realizar consultas pueden dirigirse de lunes a viernes, de 07:00 a 12:30 horas, a la Dirección de Rentas ubicada en el Palacio Municipal (Ezpeleta y Sarmiento). Asimismo, se encuentran habilitadas la línea telefónica fija 3436 420813 y la vía WhatsApp al 3436 478361 en los mismos días y horarios de atención.

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