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Jubilados y Ganancias: advierten que más beneficiarios quedan alcanzados por el impuesto y sugieren reclamos judiciales

La abogada Silvina Mostafá explicó que jubilados nacionales y provinciales pueden tributar Ganancias si superan el mínimo no imponible. Además, sostuvo que existen herramientas administrativas y judiciales para frenar descuentos y reclamar devoluciones.

Durante la mañana de este martes, en el programa radial “Burro de Arranque”, Sebastián Firpo entrevistó a la abogada Silvina Mostafá, quien brindó detalles sobre la situación de jubilados y pensionados alcanzados por el Impuesto a las Ganancias y las alternativas existentes para reducir o frenar las retenciones.

“Cada vez más jubilados tributan Ganancias”

Mostafá explicó que el pago del impuesto por parte de jubilados no es una situación nueva, aunque señaló que el congelamiento de actualizaciones y los incrementos en los haberes provocaron que más beneficiarios queden alcanzados por el tributo.

Según indicó, el mínimo no imponible ronda actualmente los 2.800.000 pesos mensuales y el impuesto alcanza tanto a jubilados nacionales como provinciales, ya que se trata de un tributo nacional.

No obstante, aclaró que en Entre Ríos es más frecuente encontrar casos de jubilados provinciales afectados debido a que perciben el “82% móvil”, lo que deriva en haberes de mayor monto en comparación con el sistema nacional.

Deducciones y reclamos administrativos

La letrada detalló que existen mecanismos administrativos para disminuir el impacto del impuesto mediante deducciones vinculadas a cargas de familia, gastos médicos, medicamentos y otras situaciones contempladas por la normativa.

Para ello, explicó que los organismos previsionales deben otorgar formularios específicos donde los jubilados pueden acreditar gastos y solicitar deducciones. Sin embargo, remarcó que se trata de trámites burocráticos que deben renovarse periódicamente.

“Las personas tienen que demostrar gastos o cargas familiares mediante documentación y realizar presentaciones de manera periódica porque el impuesto se liquida regularmente”, sostuvo.

Planteos de inconstitucionalidad

Mostafá afirmó además que, desde el ámbito jurídico, muchos abogados consideran inconstitucional la aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre jubilaciones y pensiones.

Argumentó que las prestaciones previsionales “no constituyen una ganancia”, sino una retribución derivada de los aportes realizados durante la vida laboral activa.

En ese sentido, recordó el antecedente del denominado “fallo García”, emitido por la Corte Suprema de Justicia, que reconoció la vulnerabilidad de los adultos mayores y cuestionó la aplicación del tributo en determinados casos.

Acciones judiciales para frenar descuentos

La abogada indicó que los jubilados afectados pueden iniciar acciones judiciales individuales ante la Justicia Federal para solicitar el cese de las retenciones y reclamar la devolución de los montos descontados.

Según explicó, una vez presentada la demanda, la Justicia puede ordenar mediante oficio a los organismos previsionales que suspendan los descuentos y también disponer que ARCA reintegre las sumas retenidas junto con intereses.

Mostafá aclaró que el trámite “no es costoso” y aseguró que, si bien requiere tiempos judiciales razonables, suele avanzar con relativa rapidez.

Qué jubilados suelen verse alcanzados

Consultada sobre los sectores más afectados, mencionó casos de jubilados vinculados al sistema energético, ATER y el Poder Judicial, entre otros organismos provinciales y nacionales cuyos haberes superan el mínimo establecido.

Finalmente, remarcó que las jubilaciones más elevadas responden a mayores aportes realizados durante la vida laboral y consideró injusto que esos ingresos vuelvan a tributar.

“Son personas que aportaron más durante toda su carrera laboral y hoy ven reducidos sus ingresos mediante nuevas retenciones”, concluyó.

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